Asistencia Financiera
Cook Children's ofrece ayuda para los niños que no tienen seguro o que tienen un Seguro insuficiente a través de varias opciones de asistencia, entre las que se incluye CHIP, Medicaid y nuestra propia compañía de plan de salud. Cook Children's también ofrece asistencia financiera a las familias que no reúnen los requisitos para un programa gubernamental o que no pueden pagar de otro modo la asistencia médica necesaria debido a su situación financiera.
PROPÓSITO
Describir cómo el Sistema de Atención Médica de Cook Children's (CCHCS) asignará recursos para emergencias y otros cuidados médicos necesarios proporcionados en el Centro Médico de Cook Children's (CCMC) a los pacientes que necesitan asistencia financiera, y para administrar los recursos limitados de CCHCS para proporcionar adecuadamente la atención médica necesaria para:
- Los residentes de las comunidades en el área de servicio primario de CCHCS;
- Aquellos pacientes que residen fuera del área de servicio primario, incluso fuera del estado, que acuden a CCMC a través de relaciones médicas establecidas; y y
- Reconocer que se deben establecer límites razonables para la cantidad de asistencia financiera que se puede proporcionar a los destinatarios previstos para garantizar la viabilidad financiera continua de CCMC y sus entidades afiliadas.
El área de servicio primario de CCHCS está compuesta por los condados de Tarrant, Johnson, Parker, Denton, Hood y Wise.
Esta política está respaldada por los requisitos de las políticas de CCMC MC 171 - Admisiones, MC 011 - Exámenes médicos de emergencia y transferencia de pacientes, MC 484 - Servicios del departamento de emergencias y coordinación de atención, y las políticas de CCHCS FN 175 Requisitos de cobranza al momento del servicio, FN 300 - Asistencia financiera, AD 550 - Inmigrantes indocumentados, y FN 480 - Descuentos por pronto pago para personas sin seguro.
POLÍTICA
En relación con la exención de CCMC de ciertos impuestos federales y estatales, y en apoyo de la misión de CCMC de atender las necesidades de atención médica de la comunidad, CCMC proporcionará asistencia financiera a los pacientes elegibles de acuerdo con esta Política de Asistencia Financiera (FAP).
La información sobre asistencia financiera será ampliamente publicitada y puesta a disposición de garantes cuyos hijos hayan recibido atención de CCMC.
Se puede otorgar asistencia financiera a ciudadanos de los Estados Unidos (EE. UU.) o residentes permanentes legales que no sean residentes del área de servicio primario de CCHCS dentro de las limitaciones de esta política. Las solicitudes de asistencia financiera serán aprobadas de acuerdo con los niveles de autoridad indicados en esta política. Las personas que aprueben revisarán y documentarán que se siguieron todas las políticas aplicables.
La asistencia financiera estará disponible para todas las personas que reciben servicios en CCMC en caso de emergencia y no tienen los recursos para pagar los servicios, independientemente de su residencia o condición de ciudadanía.
CCMC, a través del Departamento de Administración de Casos, caso por caso, proporcionará medicamentos recetados a un paciente cuya familia no tiene recursos para abastecer los medicamentos recetados por el médico. Estos medicamentos se dispensarán de acuerdo con los estatutos estatales y federales aplicables y el beneficio será solo para pacientes hospitalizados en CCMC y/o pacientes ambulatorios en clínicas especializadas del hospital y sala de emergencias.
Se otorgará asistencia financiera, para quien sea elegible, independientemente de la edad, el sexo, la identidad o expresión de género, la orientación sexual, la discapacidad física o mental, la raza, el credo, el origen étnico, la religión, el idioma o la nacionalidad.
Se requiere que CCMC haga un esfuerzo razonable para determinar si un individuo es elegible para asistencia financiera de acuerdo con los términos de esta política. La elegibilidad se determinará a más tardar 240 días después de que CCMC proporcione al individuo el primer estado de cuenta posterior al alta. El objetivo de CCMC es tomar una determinación de elegibilidad lo antes posible después de que se haya recopilado toda la información en el proceso de solicitud.
A una persona que sea elegible para asistencia financiera nunca se le cobrará más por la atención de emergencia u otra atención médica necesaria que los montos generalmente facturados a las personas con seguro.
Puede haber situaciones únicas en las que un garante tenga dificultades financieras pero no cumpla con los requisitos de esta política para recibir asistencia financiera.
PROVEEDORES/SERVICIOS NO CUBIERTOS
Esta Política de Asistencia Financiera (FAP) se aplica a emergencias y otros cuidados médicamente necesarios proporcionados por CCMC. Los servicios provistos por todas las demás entidades afiliadas a CCHCS están cubiertos por la política FN 300 de CCHCS - Asistencia financiera, que aplica criterios de elegibilidad y descuentos idénticos a los establecidos en esta política.
Esta FAP no se aplica —y se puede facturar a un paciente por separado— a los servicios prestados por ciertos médicos que no están empleados por una de las entidades afiliadas de CCHCS y/u otros proveedores no hospitalarios. Consulte el Anexo A para obtener una lista de proveedores y servicios que no están cubiertos por esta FAP. Esta lista será revisada trimestralmente para su precisión y actualizada según corresponda.
DEFINICIONES – PARA FINES DE ESTA POLÍTICA Y FORMULARIO DE EVALUACIÓN FINANCIERA
Familia - un grupo de dos o más personas relacionadas por nacimiento, matrimonio o adopción; todas las personas relacionadas de este modo se consideran miembros de una familia. Por ejemplo, si una pareja casada mayor, su hija y su esposo y sus dos hijos, y el sobrino de la pareja mayor vivieran en la misma casa o departamento, todos serían considerados miembros de una sola familia.
Individuo no relacionado - una persona de 15 años o mayor (que no sea un recluso de una institución) que no vive con ningún familiar. Los ejemplos de personas no relacionadas que residen con otros incluyen un huésped, un niño adoptivo, un pupilo o un empleado.
Hogar - un hogar está formado por todas las personas que ocupan una unidad de vivienda (casa o apartamento), estén relacionadas entre sí o no. Si una familia y un individuo no relacionado, o dos individuos no relacionados, viven en la misma unidad de vivienda, constituirían dos unidades familiares, pero solo un hogar.
Ingresos - ingresos totales en efectivo anuales antes de impuestos de todas las fuentes, con las excepciones que se detallan a continuación. Los ingresos incluyen sueldos y salarios de dinero antes de cualquier deducción; ingresos netos del trabajo por cuenta propia; pagos regulares de la seguridad social, jubilación ferroviaria, compensación por desempleo, beneficios de huelga de fondos sindicales, compensación de trabajadores, pagos de veteranos, asistencia pública y estipendios de capacitación; pensión alimenticia, manutención de los hijos y asignaciones familiares militares u otra ayuda regular de un familiar ausente o alguien que no vive en el hogar; pensiones privadas, pensiones de empleados del gobierno (incluido el pago de jubilación militar) y pagos regulares de seguros o anualidades; becas universitarias, subsidios, becas y ayudantías; y dividendos, intereses, ingresos netos por alquiler, regalías netas, recibos periódicos de propiedades o fideicomisos, y ganancias netas de juegos de azar o lotería.
Exclusiones de ingresos- los ingresos no incluyen los siguientes tipos de dinero recibido: ganancias de capital, cualquier activo retirado como retiros de un banco, la venta de propiedades, una casa o un automóvil, reembolsos de impuestos, obsequios, préstamos, suma global de herencias, pagos únicos del seguro o compensación por lesiones o beneficios no monetarios.
Residente - una persona que es ciudadana estadounidense o residente permanente legal y vive en el área de servicio primario de CCHCS. Un residente permanente legal recibe una tarjeta de registro de extranjero, una tarjeta I-551, que es más conocida como "tarjeta verde". Las personas en los Estados Unidos con una visa válida no se consideran residentes.
Inmigrante indocumentado - una persona que no es ciudadana de EE. UU. y que ingresa a los EE. UU. sin inspección o que se queda más tiempo del aprobado en su visa. También se conoce como "persona no presente legalmente", "extranjero ilegal" o "inmigrante ilegal".
PUBLICACIÓN DE LA POLÍTICA DE ASISTENCIA FINANCIERA
CCMC publicará ampliamente información en esta FAP de la siguiente forma:
- Entregar copias impresas de la política, un resumen en lenguaje sencillo de la política y el Formulario de evaluación financiera disponible, en inglés y español, con previa solicitud y de forma gratuita, tanto por correo como en el Departamento de Emergencias y las áreas de admisión.
- Publicar de manera visible en carteles y volantes la información general sobre la disponibilidad de asistencia financiera en las áreas públicas del Centro Médico, incluidas las áreas del Departamento de Emergencias y de admisión.
- Notificar a los miembros de la comunidad que probablemente necesiten asistencia financiera de su disponibilidad al proporcionar volantes para su distribución en agencias locales y organizaciones sin fines de lucro que aborden las necesidades de salud de las poblaciones de bajos ingresos de la comunidad, junto con instrucciones sobre cómo pueden obtener más información.
- Publicar esta Política de Asistencia Financiera, un resumen en lenguaje sencillo de la política y el Formulario de evaluación financiera en un lugar de fácil acceso en el sitio web de Cook Children's.
- Incluir un aviso escrito visible en todos los estados de cuenta que notifique e informe a los destinatarios sobre la disponibilidad de asistencia financiera bajo la FAP e incluya un número de teléfono del departamento que puede proporcionar información sobre la FAP y el proceso de solicitud, así como la dirección del sitio web donde se pueden obtener copias de la FAP, el Formulario de evaluación financiera y un resumen en lenguaje sencillo de la FAP.
- Ofrecer una copia en papel del resumen en lenguaje sencillo de esta FAP como parte del proceso de admisión o alta.
ELEGIBILIDAD PARA ASISTENCIA FINANCIERA
Excepto para las personas que son admitidas en CCMC en caso de emergencia, para ser elegibles para asistencia financiera la persona debe ser residente de los condados de Denton, Hood, Johnson, Parker, Tarrant o Wise, o debe ser un paciente de un médico que tiene una relación establecida con CCHCS.
- Financieramente indigente
- Un garante financieramente indigente es una persona que no tiene seguro o tiene un seguro insuficiente y es aceptado para recibir atención sin obligación de pagar por los servicios prestados según los criterios de elegibilidad establecidos en esta política.
- Para ser elegible para asistencia financiera como garante financieramente indigente, el ingreso de una persona debe ser igual o inferior al 400 % de las pautas federales de pobreza. CCMC puede considerar otros activos y pasivos financieros de la persona al determinar la elegibilidad.
- CCMC utilizará las pautas de ingresos de pobreza más recientes emitidas por el Departamento de Salud y Servicios Humanos de los EE. UU. para determinar la elegibilidad de un individuo para recibir asistencia financiera como garante financieramente indigente. Las pautas de ingresos por pobreza se publican en el Registro Federal cada año y, a los fines de esta política, entran en vigencia el primer día del mes siguiente al mes de publicación.
- En ningún caso el CCMC establecerá criterios de elegibilidad para garantes financieramente indigentes que establezcan el nivel de ingresos para la asistencia financiera más bajo que el requerido para los condados en virtud de la Ley de Atención Médica y Tratamiento para Indigentes de Texas, o más del 400 % de las pautas federales de pobreza. Sin embargo, CCMC puede ajustar los criterios de elegibilidad de vez en cuando según los recursos financieros de CCMC y según sea necesario para satisfacer las necesidades de la comunidad.
- Médicamente indigente
- Un garante médicamente indigente es una persona cuyas facturas médicas u hospitalarias superan el 5 % del ingreso bruto anual del garante, que no tiene cobertura de seguro de terceros, cuyo ingreso familiar excede el 400 % de las pautas federales de pobreza y que no puede pagar. CCMC puede considerar otros activos y pasivos financieros de la persona al determinar la capacidad de pago.
- La cancelación de una parte del saldo del garante en casos de indigencia médica se basará en la escala móvil que se encuentra en el Anexo B de esta política.
- Si se determina que un garante tiene la capacidad de pagar el resto de la factura, dicha determinación no impide una reevaluación de la capacidad de pago del garante en una fecha posterior.
- Catastróficamente indigente
- Un garante catastróficamente indigente es una persona:
- Cuyas facturas médicas después del pago por parte de terceros pagadores exceden el 35 % de los ingresos brutos anuales del garante, o
- Cuyas facturas médicas exceden el 35 % de los ingresos brutos anuales del garante, y esos ingresos exceden el 500 % de las pautas federales de pobreza, y que no puede pagar la factura restante.
- La cancelación de una parte del saldo del garante en casos de indigencia catastrófica se basará en la escala móvil que se encuentra en el Anexo A de esta política.
- Si se determina que un garante tiene la capacidad de pagar el resto de la factura, dicha determinación no impide una reevaluación de la capacidad de pago del garante en una fecha posterior.
- Un garante catastróficamente indigente es una persona:
- Calificaciones automáticas
- Los cargos por servicios no cubiertos por Medicaid/CSHCN se cancelarán automáticamente para beneficencia si el paciente era un beneficiario de Medicaid/CSHCN en el momento del servicio no cubierto.
- Cuando un paciente ha sido aprobado para CHIP, pero los servicios se reciben antes de la fecha de vigencia, se considerará automáticamente elegible para recibir asistencia financiera para aquellos servicios que se encuentren dentro de los 60 días de la fecha de vigencia.
- Después de la muerte de un paciente, cualquier monto restante adeudado en la cuenta del paciente después del pago por parte de terceros pagadores se cancelará automáticamente para beneficencia, en la medida permitida por la ley estatal y federal aplicable, incluidas las normas y reglamentos de pago promulgados por los Centros de Servicios de Medicare y Medicaid y la Comisión de Salud y Servicios Humanos de Texas.
NO ELEGIBILIDAD PARA ASISTENCIA FINANCIERA
Los pacientes pueden no estar cubiertos por esta política de asistencia financiera si están cubiertos por una compañía de seguros comercial que:
- No tiene un contrato con CCMC y no pagará beneficios fuera de la red a CCMC; y
- No autoriza la prestación de servicios en CCMC.
Los pacientes tampoco son elegibles si no proporcionan toda la información requerida a CCMC o su compañía de seguros. Si la familia elige recibir atención que no sea de emergencia para su hijo o hijos en CCMC, aunque sepan que los servicios no estarán cubiertos, la familia será responsable del pago de la cantidad estimada del reclamo en su totalidad antes del servicio.
Si se determina que un paciente puede calificar para un programa patrocinado por el gobierno, como Medicaid, el Programa de Seguro Médico para Niños (CHIP), Niños con Necesidades Especiales de Atención Médica (CSHCN) o Ingresos de Seguridad Suplementarios (SSI), pero la familia se niega a solicitar asistencia, la factura no se considerará para asistencia financiera. La familia será responsable por el saldo completo y el pago del monto estimado al momento de los servicios.
Los procedimientos cosméticos optativos pueden no calificar para asistencia financiera. Los procedimientos cosméticos optativos deben ser aprobados previamente por el presidente de CCMC o su designado.
PROCEDIMIENTO PARA IDENTIFICAR LA ELEGIBILIDAD PARA LA ASISTENCIA FINANCIERA
- Solicitud de asistencia financiera
- El registro de pacientes remitirá a los garantes que pueden calificar para recibir asistencia financiera de un programa gubernamental al programa apropiado, como Medicaid, CHIP, CSHCN o SSI.
- Para los pacientes sin cobertura de seguro, tras la denegación de un programa gubernamental, el garante completará un formulario de evaluación financiera (consulte el Anexo C) y lo enviará al Departamento de Contabilidad del Paciente para la evaluación de asistencia financiera. Si es evidente que el paciente no calificará para asistencia gubernamental porque el ingreso excede los umbrales, se exonerará el requisito de denegación
- Para los c. Para los pacientes con cobertura de seguro, el garante completará el formulario de evaluación financiera y lo enviará al Departamento de Contabilidad del Paciente para la evaluación de asistencia financiera sin la necesidad de que el garante solicite asistencia de un programa gubernamental cuando sea evidente que los ingresos del garante exceden el umbral para los programas gubernamentales. Si no es evidente que los ingresos del garante exceden el umbral de ingresos, entonces el garante debe ser evaluado para elegibilidad bajo los programas de asistencia gubernamental.
- Se debe recibir la siguiente documentación para procesar la solicitud de asistencia financiera (solo se deben presentar copias de la documentación; los originales no se devolverán al garante):
- Formulario de evaluación financiera completado y firmado.
- Se debe proporcionar uno de los siguientes tipos de comprobantes de ingresos tanto para el garante como para su cónyuge. Para cualquier tipo de talón de cheque o carta, se debe proporcionar prueba de los tres períodos de pago más recientes:
- W-2
- Declaración de impuestos del año anterior (se requiere para todos los garantes/cónyuges autónomos)
- Comprobantes de cheques de pago
- Comprobantes de cheques de jubilación
- Cartas o recibos de depósito del Seguro Social que muestren el monto de los depósitos del Seguro Social
- Comprobantes de cheques de desempleo de los Estados Unidos
- Comprobantes de cheques de otro programa gubernamental
- Carta del empleador, en papel con membrete del empleador, indicando el monto del pago
- En casos excepcionales, la certificación verbal o escrita puede usarse como prueba de ingresos. El director de Contabilidad del Paciente o el Vicepresidente de Finanzas tienen la autoridad de aprobación final con respecto a la certificación verbal o escrita.
- Negación de Medicaid para el período, incluidas las fechas de servicio de todas las cuentas. Este requisito no se aplicará si es evidente que el paciente no calificará para recibir asistencia gubernamental. Si el paciente tiene cobertura gubernamental solo por una parte de los días de tratamiento, es posible que se requiera una solicitud / rechazo para el período que no cubre Medicaid/CSHCN.
- Factores a considerar para la determinación de elegibilidad
- Los siguientes factores deben ser considerados para determinar la elegibilidad del garante para asistencia financiera:
- Ingreso bruto del hogar
- Tamaño de la familia
- Las pautas federales de ingresos por pobreza, actualizadas anualmente por el Departamento de Salud y Servicios Humanos (DHHS).
- Los siguientes factores deben ser considerados para determinar la elegibilidad del garante para asistencia financiera:
- Solicitudes incompletas: – si no se recibe toda la documentación requerida (es decir, la solicitud está incompleta), el solicitante recibirá información relevante para completar la solicitud junto con un resumen de esta política de asistencia financiera. No se realizarán esfuerzos de cobro hasta que se hayan realizado esfuerzos razonables para determinar la elegibilidad para asistencia financiera.
- Plazo de tiempo para la determinación de elegibilidad: - CCMC tiene como objetivo determinar la elegibilidad del garante para recibir asistencia financiera tan pronto como haya suficiente información disponible sobre los recursos financieros del garante y la elegibilidad para recibir asistencia gubernamental.
- El Supervisor/Director de Contabilidad del Paciente o el vicepresidente de Finanzas tomarán una determinación de elegibilidad dentro de los 30 días a partir del momento en que se reciba toda la información necesaria para tomar una determinación, pero en ningún caso más de 240 días a partir de la fecha en que CCHCS proporcionó al individuo el primer estado de cuenta posterior al alta.
- La determinación de elegibilidad puede ser válida por un período de hasta un año.
- Al menos 30 días antes de la fecha límite para determinar la elegibilidad, se proporcionará al menos un aviso por escrito informando que el hospital o la agencia de cobranza pueden iniciar o reanudar los esfuerzos de cobranza si la persona no paga el monto adeudado o completa la solicitud en la fecha límite especificada.
- Documentation of Eligibility Determination: - una vez que se haya realizado una determinación de elegibilidad, se documentará lo siguiente en el área de mensajes de la cuenta para cada cuenta afectada por la determinación:
- Se determinó que el individuo era elegible para asistencia financiera.
- El individuo fue notificado por escrito de su elegibilidad para recibir asistencia financiera.
- No se realizaron esfuerzos de cobro mientras se determinaba razonablemente la elegibilidad para asistencia financiera.
- Las autoridades de aprobación para la cancelación total de las cuentas de un garante serán las siguientes:
- El saldo del garante inferior a $10,000 requiere la aprobación del supervisor de Cuentas de Pacientes o Facturación.
- El saldo del garante de $10,000 a $50,000 también requiere la aprobación del gerente/director de Contabilidad del Paciente.
- Los saldos de los garantes superiores a $50,000 también requieren la aprobación del vicepresidente, Ciclo de Ingresos.
- Si se hacen arreglos de pago, el período de pago no debe exceder los 24 meses a partir de la fecha en que se organiza el calendario de pagos. Las excepciones deben ser aprobadas por el supervisor de Cuentas del Paciente/director de Contabilidad del Paciente o el vicepresidente de Ciclo de Ingresos.
- Cualquier excepción a esta política requiere la aprobación por escrito del presidente.
FACTURACIÓN Y ESFUERZOS DE COBRO
- Luego de una determinación de elegibilidad para asistencia financiera, se le proporcionará un estado de cuenta a la persona que indica la cantidad que la persona adeuda como resultado de ser elegible para recibir asistencia financiera.
- El estado de cuenta indicará la cantidad que el individuo adeuda y cómo se calculó esa cantidad. El estado de cuenta puede reflejar los cargos brutos que se utilizaron como punto de partida antes de que se aplicaran las bonificaciones, descuentos o deducciones, siempre que la cantidad que el individuo es personalmente responsable de pagar sea menor que los cargos brutos por dicha atención.
- A una persona elegible para FAP no se le puede cobrar más por atención de emergencia u otra atención médicamente necesaria que los montos generalmente facturados (AGB) a las personas con seguro.
- El estado de cuenta proporcionará la dirección del sitio web (www.cookchildrens.org/financial-assistance) donde la persona puede solicitar información sobre los montos generalmente facturados (AGB) por la atención brindada y cómo se calculan los AGB.
- Cook Children's Medical Center utiliza el "método de retrospectiva" para calcular los AGB al dividir la suma de las reclamaciones de pago por servicio, Medicaid y aseguradoras de salud privadas de Medicare por los cargos brutos asociados para esas reclamaciones.
- Las reclamaciones durante el año fiscal anterior (12 meses) se incluyen en el cálculo.
- Los AGB se calculan anualmente y se aplican por año calendario.
- Si el individuo realizó algún pago en exceso antes de que se determine que es elegible para recibir asistencia financiera, esos pagos, si superan $5.00, deben reembolsarse.
- Al menos 30 días antes de iniciar una o más actividades de cobro extraordinarias (ECA) para obtener el pago por la atención, CCMC notificará a los pacientes sobre su FAP al:
- Incluyendo un resumen en lenguaje sencillo de la FAP junto con un aviso de los ECA que el hospital tiene la intención de iniciar para obtener el pago de la atención, y una fecha límite después de la cual dichos ECA pueden iniciarse (el plazo puede ser no antes de 30 días después de la fecha en que se proporciona la notificación por escrito).
- Hacer un esfuerzo razonable para notificar oralmente al individuo sobre la FAP y cómo el individuo puede obtener asistencia con el proceso de solicitud de FAP.
- No se realizarán esfuerzos de cobro hasta que se hayan realizado esfuerzos razonables para determinar la elegibilidad para asistencia financiera basada en una solicitud FAP completa, o en el caso de una solicitud FAP incompleta, el individuo no ha respondido a la solicitud de información y/o documentación adicional dentro de un período de tiempo razonable.
- Los acuerdos con las agencias de cobro deben indicar que no comenzarán los esfuerzos de cobro hasta que el CCMC haya hecho esfuerzos razonables como se indica en esta política para determinar si el individuo es elegible para recibir asistencia financiera. Si se determina que el individuo es elegible, la agencia de cobro debe tomar todas las medidas razonablemente disponibles para revertir cualquier esfuerzo de cobro (con la excepción de la venta de la deuda) contra el individuo para cobrar la deuda en cuestión.
- Las cuentas trabajadas por agencias de cobro contratadas que han sido evaluadas por su capacidad financiera para pagar, y se determina que no pueden pagar los saldos de las cuentas, automáticamente se considerarán elegibles para recibir asistencia financiera. Las agencias de cobro proporcionarán informes separados para las cuentas devueltas a CCHCS indicando las cuentas donde el garante no tiene la capacidad de pagar y aquellas en las que se ha determinado que el garante tiene la capacidad de pagar pero se niega.
- Si el CCMC no sabe si una persona es elegible, puede facturarle a la persona sus cargos habituales siempre que haga intentos oportunos para determinar la elegibilidad de la persona y reembolse los pagos en exceso de más de $5.00 si se determina la elegibilidad.
REQUISITOS DE INFORMES ANUALES
La información sobre la cantidad de asistencia financiera proporcionada por CCMC cada año fiscal se agrega e informa al Departamento de Salud de Texas en la encuesta anual de hospitales (encuesta anual cooperativa) de la Asociación Americana de Hospitales (AHA)/Departamento de Salud y Servicios Humanos (DHHS)/Asociación de Hospitales de Texas (THA). Se divide en dos secciones: la Encuesta anual de la Asociación Americana de Hospitales y el Suplemento de la encuesta del Departamento de Salud de Texas.
Referencias
Regulaciones propuestas del Departamento de Tesorería de EE. UU. Ver [4830-01-p] DEPARTAMENTO DE TESORERÍA Servicio de Impuestos Internos, 26 CFR Parte 1, [REG-130266-11], RIN 1545-BK57, Requisitos adicionales para hospitales de beneficencia, AGENCIA: Servicio de Impuestos Internos (IRS), Tesorería, página 52, publicado el 26 de junio de 2012.
Política de CCHCS Descuentos por pronto pago para personas sin seguro (FN 480)
Política de CCHCS Inmigrantes indocumentados (AD 550)
Política de CCHCS Asistencia financiera (FN 300)
Política de CCMC Admisiones (MC171)
Política del CCMC Servicios del Departamento de Emergencia y Coordinación de Atención (MC 484)
Política de CCMC Transferencia de pacientes: detección médica de emergencia (MC011)
Política de CCHCS Requisito de recopilación en el momento del servicio (FN 175)
Anexo A – - Proveedores no cubiertos por esta Política de asistencia financiera
- Cualquier médico no empleado por la Red de Médicos de Cook Children’s, que puede incluir:
- Neumólogos de adultos
- Alergólogos/Inmunólogos
- Dentistas
- Dermatólogos
- Neonatólogos
- Obstetras/Ginecólogos
- Oftalmólogos
- Cirujanos maxilofaciales orales
- Ortodontistas
- Cirujanos ortopédicos
- Otorrinolaringología
- Cirujanos plásticos
- Radiólogos
- Cirujanos de trasplante renal
- Urólogos
- Servicios de transporte prestados por cualquier entidad que no sea el transporte de Teddy Bear de Cook Children's
- Servicios de laboratorio externos
- Equipo médico duradero
Anexo B – Pautas federales de pobreza
Pautas federales de pobreza | Financieramente indigente | Indigencia médica | Indigencia médica | |
Número de Individuos en el Hogar | 100% | 400% | 450% | 500% |
1 |
$15,060 | $60,240 | $67,770 | $75,300 |
2 |
$20,440 | $81,760 | $91,980 | $102,200 |
3 |
$25,820 | $103,280 | $116,190 | $129,100 |
4 |
$31,200 | $124,800 | $140,400 | $156,000 |
5 |
$36,580 | $146,320 | $164,610 | $182,900 |
6 |
$41,960 | $167,840 | $188,820 | $209,800 |
7 |
$47,340 | $189,360 | $213,030 | $236,700 |
8 |
$52,720 | $210,880 | $237,240 | $263,600 |
Discount | 100% | 85% | 70% |
Elegibilidad catastrófica: - los pacientes asegurados o los ingresos del paciente exceden el 500% de las pautas federales de pobreza (también se aplica a los médicamente indigentes).
El saldo adeudado debe ser igual o superior al 35% del ingreso bruto anual del hogar del paciente.
Saldo Adeudado | Descuento |
El saldo adeudado es igual o mayor al 90% del ingreso anual del paciente | 90% |
El saldo adeudado es igual o mayor al 80% y menor al 90% del ingreso anual del paciente | 80% |
El saldo adeudado es igual o mayor al 70% y menor al 80% del ingreso anual del paciente | 70% |
El saldo adeudado es igual o mayor al 60% y menor al 70% del ingreso anual del paciente | 60% |
El saldo adeudado es igual o mayor al 50% y menor al 60% del ingreso anual del paciente | 55% |
- Financial assistance policy summary
- Resumen de asistencia financiera
- Attachment B – Federal Poverty Guidelines
- Anexo B – Pautas federales de pobreza
- Financial Evaluation Form
- Formulario de Evalucacion Financiera
- Explanation of Amounts Generally Billed (AGB)
- Cálculo de los importes que se facturan generalmente